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¿Qué tratamiento fiscal tiene la inversión?

03/12/2012

 El gravamen fiscal supone una disminución de la rentabilidad y por lo tanto es un factor importante a tener en cuenta.

Gravan como Rendimientos de Capital Mobiliario
 
Los intereses derivados de cuentas y depósitos en toda clase de instituciones financieras.
 
- Los rendimientos derivados de títulos de renta fija, pública o privada (Letras del Tesoro, bonos, obligaciones, pagarés de empresas, cédulas hipotecarias, etc.). Esto incluye tanto los rendimientos explícitos (aquellos obtenidos con concepto de intereses o “cupones”) como los rendimientos implícitos obtenidos con la transmisión, reembolso o amortización de estos títulos.
 
- Los dividendos percibidos. 
 
- Los rendimientos procedentes de contratos de seguro de vida o invalidez y de operaciones de capitalización, excepto aquellos que tributan como rendimientos del trabajo. 
 
Todos los rendimientos del capital mobiliario tributan en el ejercicio (año) en que se producen. Es decir, cada año tendrá que declarar los intereses o dividendos recibidos durante ese año.
Gravan como Ganancias y Pérdidas Patrimoniales

 Las transmisiones (ventas) y reembolsos de acciones y fondos de inversión. Se considera ganancia o pérdida patrimonial la diferencia entre el valor de adquisición (más sus gastos asociados) y el valor de transmisión (menos sus gastos asociados) o reembolso de un activo. Las plusvalía o minusvalía no existe hasta el momento de la venta o reembolso.

Cabe destacar que los traspasos entre fondos de inversión (es decir el reembolso de un fondo y la siguiente suscripción de otro por el mismo importe y siguiendo un procedimiento establecido) no están sujetos al pago de impuestos.

Gravan como Rendimientos de Trabajo

 Las prestaciones recibidas por los partícipes-beneficiarios de planes de pensiones y planes de previsión asegurados (PPA), cualquier que sea la contingencia que de lugar a dicha prestación (jubilación, invalidez, muerte, etc.).

Estos rendimientos se integrarán en la base imponible general, tributando a la escala general de gravamen del partícipe-beneficiario. Es decir, cuanto mayor es el nivel de renta del titular, mayor será el impuesto.

 Mientras no se vendan las acciones o las participaciones de un fondo de inversión, no se produce la plusvalía (ganancia patrimonial), o la minusvalía (pérdida patrimonial) y por lo tanto no se tributa.

 
Cabe mencionar que estas prestaciones se pueden recibir en forma de capital (un único pago) o en forma de renta (una serie de pagos durante un tiempo que puede ser un plazo determinado o durante el resto de la vida del beneficiario). La fiscalidad suele resultar más favorable si se cobra en forma de renta, pero en ambos casos van a la base imponible general por lo que, al ser una tarifa progresiva, a mayor nivel de renta, más impuesto.
Deducciones fiscales

 También hay que tener en cuenta las importantes ventajas fiscales de las aportaciones a planes de pensiones y planes de previsión asegurados. En el año en que se realiza, la aportación se reduce de la base imponible; cuando llegue el momento de cobrar las prestaciones, éstas se integrarán en la base imponible como rendimientos del trabajo. Es decir, se difiere el pago de impuestos hasta el momento de la jubilación (u otra contingencia establecida), cuando el nivel de renta del titular suele ser inferior.