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¿Qué más necesito saber antes de contratar un producto o servicio financiero?

22/04/2010

¿Qué más necesito saber antes de contratar un producto o servicio financiero?

Siempre conviene informarse bien antes de tomar decisiones financieras. Equivocarse le impedirá lograr sus objetivos e incluso pondrá en riesgo su seguridad económica.

Antes de contratar cualquier producto, asegúrese de que sea el más apropiado para usted. Preste especial atención al coste (comisiones, tipo de interés o importe de la prima) y al plazo, así como los riesgos inherentes que implique. ¿Concuerdan con sus posibilidades y necesidades? En caso de un depósito o una inversión, ¿qué posibilidades tendrá para retirar todo o parte del dinero antes de que acabe el plazo y con qué penalización?

Si tiene dudas, pida que se las aclaren. Nunca contrate un producto financiero que no comprende.

Para productos y servicios bancarios
  • Cuando contrata usted un producto o servicio, tiene derecho a recibir un ejemplar del contrato en el que vienen detalladas todas las condiciones de la operación. Además, es un derecho básico del cliente bancario recibir de la entidad de crédito toda la información necesaria para entender bien la operación o producto ofertado.
  • Para préstamos hipotecarios, pida siempre el folleto informativo que se ha de ofrecer de forma gratuita. En los préstamos hipotecarios a interés variable, la entidad le debe ofrecer al menos un producto para cubrirse en caso de que suban los tipos de interés.
  • Recuerde que para préstamos hipotecarios sobre viviendas, préstamos y créditos personales, transferencias bancarias al exterior, y subrogaciones hipotecarias por cambio de entidad, las entidades tienen la obligación de presentar, de forma gratuita, una oferta vinculante, que usted podrá llevar y estudiar durante su plazo de vigencia antes de firmar el contrato. La oferta vinculante es muy útil para comparar la oferta con otras entidades.

Para préstamos, pida siempre una oferta vinculante, que sirve para comparar la oferta tranquilamente con la de otras entidades.

En su entidad de banco o caja podrán explicarle cualquiera de los productos que comercializa. El Banco de España también orienta a los ciudadanos en sus relaciones con las entidades bancarias mediante su Portal del Cliente Bancario y su Servicio de Atención Telefónica de Consultas: 901 54 54 00.

Para productos de inversión

Solicite la información por escrito, tanto sobre las características, riesgos y costes del producto o servicio como sobre las recomendaciones de inversión que le hagan.

Lea atentamente la información y si tiene dudas, resuélvalas. No firme ningún documento sin aclarar todas sus dudas o si considera que alguna cláusula no responde a la verdad o le puede perjudicar. Tómese el tiempo necesario para que pueda tomar decisiones con conocimiento y sin precipitación ni presiones.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) pone a disposición del inversor particular su Oficina de Atención al Inversor, para informar y asesorarle gratuitamente sobre cualquier cuestión relacionada con los mercados de valores.

Para facilitar la comunicación con la CNMV, los inversores particulares pueden presentar sus consultas por cualquiera de los siguientes medios:

  • Teléfono: 902 149 200
  • Formulario electrónico
  • Carta dirigida a:

Oficina de Atención al Inversor CNMV

C/ Edison, 4

28006 Madrid

La CNMV también ofrece una fuente muy completa de información a tavés de su portal de Internet, en concreto, en la Sección del Inversor . En esta sección usted podrá encontrar información detallada sobre los distintos productos de inversión. También podrá descargar gratuitamente en formato.pdf una serie de “Guías informativas” y “Fichas del inversor” que explican las cuestiones que pueden resultar más interesantes para los ciudadanos en relación con los mercados de valores, desde una perspectiva eminentemente práctica.

Tanto las Guías como las Fichas del inversor pueden obtenerse también, siempre de forma gratuita, mediante solicitud en el teléfono 902 149 200.

 

Para contratos de seguro y planes de pensiones

Antes de contratar un seguro o un plan de pensiones debe solicitar toda la información necesaria hasta comprender perfectamente sus características. Si no tiene claro lo que le ofrecen, pida más información.

Seguros:La entidad aseguradora debe entregarle el contrato de seguro, es decir, la póliza completa, integrada por las condiciones generales, particulares y, en su caso, especiales. Este documento tiene una importancia fundamental, ya que contiene los derechos y obligaciones de cada una de las partes. Debe leer el contenido de la póliza antes de firmar el contrato. Si un determinado hecho no se establece en la póliza, no está cubierto.

En el caso de un seguro de vida, la entidad está obligada a entregar al tomador un documento denominado nota informativa que recoge las características principales del contrato. Léala atentamente antes de tomar una decisión.

Planes de pensiones:Antes de contratar un plan de pensiones individual, la entidad financiera promotora del plan, directamente o través de la entidad gestora o depositaria del fondo de pensiones, debe informar adecuadamente al partícipe sobre las principales características del plan de pensiones y las prestaciones que le puede otorgar en función sus circunstancias laborales y personales.

Para ello le entregará un ejemplar de las especificaciones y de la política de inversión del fondo de pensiones, o bien le indicará el lugar y forma en que estarán a su disposición.

Además, puede encontrar información sobre las comisiones de gestión y depósito aplicables a los planes de pensiones del sistema individual y asociado en la web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Si tiene dudas consulte en la página Web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones el apartado “GASPAR. Guía del asegurado y del partícipe”, donde encontrará toda la información sobre la contratación de seguros y planes de pensiones.

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