Saltar al contenido principal
Buscar Buscador
Salir

Encuentra lo que estás buscando

¿Qué hago si aparezco en un listado de morosos como RAI/ASNEF?

22/04/2010

Los listados de morosos:

  • Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI).
  • Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF- EQUIFAX).
  • Información técnica del crédito (SEIDO).
  • Centro de Cooperación Interbancaria- CCI.
  • y otros...

Son registros en los que aparecen los incumplimientos en los pagos tanto de personas físicas como jurídicas. También se llaman “servicios de información de solvencia patrimonial y crédito”. A partir del cuarto mes de impago, un acreedor puede inscribir a un individuo o empresa en alguno de estos listados. 

A partir del cuarto mes de impago un acreedor puede inscribir a un individuo o empresa en un listado de morosos.

Todas las entidades financieras, a la hora de valorar la solicitud de un préstamo o crédito, consultan los listados de morosos, por lo que las personas o empresas que aparecen en ellos pueden encontrarse con serios problemas para conseguir financiación. Si usted aparece en uno de estos listados debe tomar medidas para borrarse. Aunque no necesita financiación en este momento, podría necesitarlo en el futuro y si no hace lo necesario para eliminar sus datos del registro pueden seguir apareciendo durante un plazo de seis años.

Para estar inscrito en un fichero de morosos deben cumplirse las siguientes condiciones:

  • La existencia de una deuda cierta exigible, vigente e impagada por parte de la persona a la empresa.
  • El requerimiento de pago por parte del acreedor (por ejemplo una carta de reclamación) sin respuesta de pago por parte del moroso.
  • La no existencia de prueba documental que anule alguno de los puntos anteriores.

Si no se cumple alguna de estas tres condiciones puede solicitar la baja. No basta simplemente con pagar la deuda. Hay que presentar pruebas documentales de la inexistencia de la deuda (justificante de pago, documento que demuestre que no ha recibido el producto o servicio que haya generado la deuda, etc.), junto con el DNI, al titular del listado. Si no conoce la dirección del responsable del listado puede solicitarla en la Agencia Española de Protección de Datos.

Para borrarse de estas listas hay que presentar pruebas documentadas de la inexistencia de la deuda.

El titular de la lista debe responder sobre la eliminación de los datos en los siguientes 10 días. Si no lo hace habrá que presentar una reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos adjuntando copia de los tramites y solicitud de baja cursada.

Si usted considera que se ha visto perjudicado por una vulneración de la normativa de protección de datos, tiene derecho a recibir una indemnización.

¡No te pierdas nada!

Mantente al día de todas las novedades de Finanzas para Todos suscribiéndote a nuestra newsletter. Todas las novedades sobre finanzas, en tu correo.