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¿Puedo devolver un recibo con el que no estoy de acuerdo? ¿Puedo ordenar al banco no pagar un recibo?

22/04/2010

¿Puedo devolver un recibo con el que no estoy de acuerdo? ¿Puedo ordenar al banco no pagar un recibo?

La mayoría de los clientes de bancos y cajas de ahorro tiene recibos de otras empresas domiciliados en sus cuentas a la vista: la luz, el teléfono, la comunidad, etc. Es una forma muy cómoda de gestionar los pagos, pero ¿qué pasa si le cargan un recibo con el cual no está de acuerdo o si quiere dejar de pagar los servicios de la empresa emisora?

Usted tiene derecho a devolver un recibo bancario procedente de otra empresa, si no quiere pagarlo. En principio, es necesario demostrar que la autorización de pago no incluía el importe exacto del recibo, o que la cantidad es mayor de lo esperado; sin embargo, puede acordar con el banco la posibilidad de devolver cualquier recibo, aunque no se cumplan estas condiciones. Sólo tiene que comunicárselo en un plazo máximo de 8 semanas.

Además, puede (y debe) solicitar a su entidad que deje de pagar futuros recibos de una empresa si ya no va a utilizar sus servicios.

Ahora bien, si usted no tiene justificación para devolver el recibo, o si la empresa que lo ha emitido puede demostrar que sigue dando el servicio según lo acordado en un contrato, usted podría encontrarse con problemas, como verse incluido en algún listado de morosos como el RAI o ASNEF. Estos listados son ficheros consultados por todos los bancos y cajas antes de conceder préstamos o créditos a clientes, y figurar en uno de ellos le puede perjudicar mucho. Puede significar que ningún banco le conceda un crédito, o que le cobre un interés mayor.

Este es un problema bastante frecuente hoy en día entre clientes de empresas de telefonía móvil o servicios de internet. Hay empresas que ofrecen condiciones tentadoras para captar clientes y muchas facilidades para darse de alta, pero luego si el servicio no es lo esperado o si surge una oferta mejor en otra compañía, ponen muchas trabas para darse de baja. Muchos clientes, por no molestarse en cumplir todos los requisitos necesarios para cursar la baja (enviar burofax, etc.), o porque están hartos de ser “toreados”, simplemente devuelven los recibos o comunican a sus entidades que no sigan pagando. Después de enviar cartas reclamando el pago, algunas empresas tienen sistemas automáticos que inscriben a los clientes en el RAI/ASNEF, y a menudo sin que el cliente se entere.

Algunas empresas tienen sistemas automáticos que inscriben a los clientes que no pagan sus recibos en el RAI/ASNEF.

Si usted aparece en uno de estos ficheros de morosos, para borrarse de la lista necesitará prueba documental que acredite que no existe ninguna deuda con la empresa (por eso siempre conviene pasar por el aro y enviar el burofax para dar de baja un servicio que ya no se va a utilizar).

Cabe destacar que cuando el recibo o pago en cuestión procede del propio banco (por ejemplo la cuota de un préstamo, el cargo de gastos o comisiones, etc.), no podrá devolverlo a no ser que se trate de un error del banco.

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